En el marco de una jornada de trabajo y concientización llevada a cabo en la Casa Municipal de la Cultura, vecinas y vecinos de Almirante Brown accedieron a información sobre la nueva regulación provincial del proceso para reclamar la cuota alimentaria que incorpora herramientas eficaces para simplificar y agilizar los litigios y busca fortalecer la autonomía de las madres y garantizar el derecho a la manutención de los hijos.
Son las leyes N°15.513 y la N°15.520, recientemente promulgadas. La ley 15.513 simplifica y agiliza los procedimientos judiciales de la cuota alimentaria con la reducción de plazos para la contestación de oficios; la notificación al demandado mediante aplicaciones o plataformas de mensajería instantánea; además establece parámetros claros para calcular el monto de la cuota a través del índice de crianza del INDEC; y prevé el aumento de multas a quienes no asistan, sin justificación, a las audiencias.
Mientras que la ley 15.520 tiene como premisa garantizar el cumplimiento efectivo de las cuotas alimentarias, un derecho esencial de los menores que muchas veces no se respeta, afectando su calidad de vida. La normativa actualiza el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (RDAM) posibilitando inscribir al deudor a partir del primer incumplimiento.
El Informe sobre Incumplimiento de la Obligación Alimentaria presentado por el Ministerio de Mujeres y Diversidad de la provincia de Buenos Aires, elaborado desde la Subsecretaría de Políticas de Género da cuenta de las desigualdades de género en las crianzas en hogares monomarentales: 7 de cada 10 mujeres no reciben aportes del progenitor de sus hijas e hijos.
El actual sistema de determinación y ejecución de la obligación alimentaria se encuentra centrado en el poder judicial, donde las respuestas que reciben las mujeres por parte de esta institución son deficientes y fragmentadas. El 65% de las mujeres bonaerenses no recibe la obligación alimentaria de parte del padre de sus hijas o hijos o sólo la percibe en forma esporádica. Cabe mencionar que este fenómeno se da en todas las clases sociales.
El proyecto aprobado entiende que la falta de pago de la obligación alimentaria por parte de los progenitores contribuye a la aparición de formas de sobreendeudamiento de los hogares monomarentales. Esta problemática se suma a la sobrecarga de cuidados que afrontan las mujeres, derivada de la falta de pago de la obligación alimentaria, que las aleja de la posibilidad de acceder al empleo formal y registrado.
Entre las reformas que se acaban de aprobar en la provincia de Buenos Aires se encuentran: establecer parámetros para determinar el monto de la obligación alimentaria, como el Índice de Crianza, elaborado por el INDEC.; fortalecer la autonomía en el proceso de toma de decisiones de las mujeres como usuarias del servicio de justicia y se busca reducir los obstáculos que enfrentan quienes crían a sus hijas e hijos. En ese sentido, admite legalmente el uso de aplicaciones de mensajería instantánea (como Whatsapp) para notificar la demanda de alimentos. El cambio surge a partir de la imposibilidad de notificar en domicilio, hecho que restringe el acceso a la justicia.
También establece plazos para dar respuesta a la prueba de informes utilizados para determinar el monto de la cuota alimentaria y el nivel de vida del demandado: 5 días para entidades privadas y 7 para públicas y establece multas e intereses cuando los progenitores no se presentan a las audiencias judiciales sin adecuada justificación porque entorpecen el proceso.
Para consultas y asesoramiento los vecinos y vecinas del distrito pueden dirigirse de lunes a viernes de 8 a 14 horas a la subsecretaria de Relaciones Judiciales, ubicada en Italia 1415, Burzaco, o comunicarse a través de los teléfonos 5083-2197 o 5034-6200 (Int. 694 y 672).










