La Clínica Espora de Adrogué formalizó a través de una carta documento un intimidatorio intento de censurar a este medio de comunicación luego de que en fecha 30 de julio de 2025 publicásemos una nota periodística en la cual la familia de una paciente denunciara que en ese lugar «la dejaron morir» a una mujer de 58 años, vecina de Claypole, que había sufrido un ACV.
Molesta por la exposición pública del caso, la clínica de Adrogué -controlada por Alejandro Poli- le pide a este medio de comunicación una «retractación pública», además de lanzar un insólito intento de censura. «Intima a usted a que en el plazo de 48 horas de recibida la presente efectúe la debida retractación de la publicación señalada, como así también restrinja, elimine o realice las correcciones técnicas necesarias para evitar que se continúe produciendo el daño citado y que desde ese medio no se haga ningún tipo de alusión a la clínica espora, sociedad anónima, ni permita su individualización», dice el texto.
A este intento de cercenar la libertad de expresión le cabe una pregunta fundamental. ¿Qué tendrá para ocultar la clínica Espora de Adrogué que intenta que la población no se entere de sucesos ocurridos con sus pacientes en sus instalaciones?
«En caso de no hallar respuesta adecuada al presente reclamo, se accionará judicialmente en forma urgente para que usted sea condenado a retractarse y a reparar e indemnizar por los daños y perjuicios causados por las calumnias e injurias proferidas en nuestra contra», amenaza la carta documento en otro de sus pasajes, sin que mediara comunicación alguna de parte de la clínica para contar su versión sobre el tema.
Los representantes legales de la clínica acusan erróneamente a Brown On Line de lanzar acusaciones disociadas de la realidad, cuando no se hizo otra cosa que ejercer el periodismo, cuya función principal es mantener informada a la sociedad, fomentar el debate público y contribuir a la transparencia y rendición de cuentas de los poderes públicos y de la información que pudiera afectar a la sociedad en la cual desarrolla su actividad.
La denuncia de abandono de persona en una institución de salud es, sin lugar a dudas, un asunto de interés público, y la ciudadanía tiene el derecho de ser informada al respecto. Tanto el derecho a informar como el derecho a conocer un asunto de interés público están protegidos tanto por la Constitución Nacional como por el art. 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), un tratado que goza de jerarquía constitucional según el art. 75, inciso 22, de la Carta Magna argentina. La libertad de expresión incluye la libertad de “buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole”.
Desde Brown On Line reafirmamos nuestro compromiso con la verdad porque estamos convencidos de que ofrecer un espacio donde las personas puedan contar los sucesos que afectan a toda la comunidad es fundamental para la calidad de vida de la población. Por eso no aceptamos presiones ni intimaciones ni actos de censura y reafirmamos nuestro compromiso con la libertad de prensa y el derecho de los ciudadanos a estar informados sobre cuestiones de interés público.










