A través de la Resolución 34/2020, la Inspección General de Justicia estableció que tanto empresas públicas como privadas deberán incluir en su órgano de administración y en el órgano de fiscalización una composición que respete la diversidad de género y estarán integradas al menos la mitad por mujeres.
Quedarán sujetas a la nueva disposición todas las asociaciones civiles en proceso de constitución; las simples asociaciones que soliciten su inscripción en el registro voluntario; las sociedades anónimas (con algunas excepciones), las fundaciones con un consejo de administración de integración temporaria y electiva y las Sociedades del Estado.
A principios de este año, la organización Mujeres en la Bolsa realizó un estudio entre 388 empresas argentinas y descubrió que 86 no tienen presencia femenina en su consejo directivo, es decir, el 22,16% de las firmas que cotizan en el mercado están lideradas sólo por hombres. La cifra empeoró 10 puntos porcentuales con respecto al año anterior. En 2018, sólo el 12,94% no tenía mujeres consejeras.

La disposición incorpora «la perspectiva de diversidad» porque establece que los instrumentos públicos o privados que se deban registrar ante la IGJ podrán utilizar, como forma de identificar a una persona, un sistema que combine las iniciales del nombre, el apellido completo, día y año de nacimiento y número de documento y el nombre de pila elegido «en función de la identidad de género autopercibida de la persona interesada«.
En caso de no cumplir con la nueva normativa, la IGJ pondrá los casos en conocimiento del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad y del INADI para que puedan intervenir en dichas situaciones.










