La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal ratificó un fallo contundente contra la empresa Edesur S.A., obligándola a indemnizar a una familia de la localidad bonaerense de Longchamps. Los afectados sufrieron cortes de suministro sistemáticos que, entre septiembre de 2019 y mayo de 2023, acumularon un total de 1.484 horas sin electricidad, lo que equivale a casi dos meses completos a oscuras.
Respecto a la indemnización, la justicia determinó que la empresa incumplió su obligación básica de garantizar un suministro regular y seguro, fijando una condena total de $1.650.000. Esta suma se compone de $700.000 destinados a cubrir el daño material por la pérdida de alimentos y gastos en artículos de emergencia, $600.000 por el daño moral derivado de la angustia y la alteración de la vida familiar, y $400.000 en concepto de daño punitivo como multa civil por la conducta negligente de la prestadora. A estos montos se les deberán sumar los intereses acumulados desde septiembre de 2019, calculados según la tasa activa del Banco Nación.
Según los detalles publicados por el portal Infobae, el tribunal de la Sala III rechazó los argumentos de la defensa de Edesur, que intentaba cuestionar la falta de comprobantes de los gastos realizados por la familia durante las emergencias. Los magistrados subrayaron que en contextos de crisis eléctrica es razonable que los usuarios no conserven tickets de cada vela o pila adquirida, validando así las presunciones sobre los perjuicios económicos y el impacto emocional sufrido por los demandantes.
Asimismo, se hizo especial hincapié en el impacto sobre los hijos menores de la pareja, quienes debieron pasar festejos y rutinas diarias en condiciones precarias. Este fallo reafirma que las empresas de servicios públicos tienen una «obligación de resultado» y que factores externos como la temperatura o la situación tarifaria no las eximen de su responsabilidad ante los ciudadanos.










