El gobierno nacional fijó fuertes multas para los conductores de vehículos que pasen por los peajes de las autopistas sin pagar.
La medida se formalizó mediante el decreto 974/2018, que se publica este jueves en el Boletín Oficial, en el marco del artículo 23 de la Ley N° 27.445 (Simplificación y desburocratización para el desarrollo de la infraestructura), que incorporó “dentro de la calificación de falta grave” prevista en la ley nacional de tránsito “la falta de pago del peaje o contraprestación por tránsito”.
“Por falta de pago del peaje o contraprestación por tránsito, será sancionado con multa de 100 U.F. hasta 300 U.F. y será restado de la licencia de conducir la cantidad de UN (1) punto“, dispone la normativa.
En ese marco, añade que “cuando no se identifique al conductor infractor, será sancionado el propietario del vehículo”.
En la ciudad de Buenos Aires, por ejemplo, el valor de la Unidad Fija (U.F.) está fijado en $17,85, por lo que la multa máxima por atravesar un peaje sin pagar será de $5.355; mientras en la provincia de Buenos Aires la U.F. es de $36,51, con lo que el monto de la sanción fijada por el Gobierno se eleva a $10.953.