El Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata ordenó suspender los aumentos de la tarifa de la luz en la Provincia de Buenos Aires, pero dejó afuera al conurbano. A través de una medida cautelar, el juez Luis Federico Arias justificó la decisión por “no haberse celebrado la correspondiente audiencia pública con anterioridad a su aprobación”.
Sin embargo, la cautelar alcanza solamente a las compañías EDELAP, EDES, EDEA y EDEN, pero no a los usuarios del conurbano bonaerense que cuentan con los servicios de EDENOR y EDESUR.
El fallo indica que se suspende “la aplicación de los nuevos cuadros tarifarios para la distribución del servicio público de energía, autorizados mediante Resolución N° 22 del Ministerio de Infraestructura y Servicios públicos de la Provincia”.
En esa línea, el juez determinó, respecto del tarifazo, se “solicita se ordene a las empresas demandadas a abstenerse de aplicar la nueva tarifa a los usuarios del servicio público, efectuar una nueva liquidación y emitir nuevas facturas o, para el caso en que la nueva facturación no fuera emitida antes de los sucesivos y periódicos vencimientos, que la empresa admita el pago del servicio según el cuadro tarifario vigente con anterioridad al incremento establecido, sin que ello implique la alteración o interrupción del servicio”.
El dictamen alega que la resolución del Ministerio de Infraestructura que desató el tarifazo “vulnera el principio de participación ciudadana en los términos del art. 42 de la CN, es decir, se traduce en una manifiesta lesión a derechos de incidencia colectiva de carácter individual homogéneo, al cercenar la posibilidad de que los individuos que conforman la sociedad se expresen e interpongan impugnaciones previas al aumento tarifario del servicio público, el cual resulta superior al 100%, por lo que los usuarios se ven forzados a pagar en forma desproporcionada una tarifa de la que no han tenido, como ciudadanos consumidores, posibilidad de ser escuchados, conduciendo a un perjuicio económico desproporcionado e injustificado para todos los ciudadanos de la Provincia”.
Además, respeto del gas, el juez Alberto Osvaldo Recondo, titular del Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal N° 4, de La Plata, ordenó al Ministerio de Energía y Minería de la Nación que convoque en un plazo de 20 días a una audiencia pública para tratar “con amplia participación ciudadana” las nuevas tarifas públicas del gas natural.