La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó hoy que los comercios quedarán exentos de las retenciones de IVA y Ganancias por las propinas que los consumidores paguen con tarjetas de crédito o débito.
“El impulso de las transacciones electrónicas es un elemento clave en la estrategia de AFIP de promover la formalización de la economía y, con esta medida, buscamos que se acelere este proceso”, expresó el titular de la AFIP, Leandro Cuccioli, a través de un comunicado de prensa.
La medida se publicó hoy en el Boletín Oficial a través de la resolución general 4408, con el objetivo de alentar a los consumidores a utilizar medios electrónicos de pago para la propina, sin necesidad de apelar al uso de efectivo, en sintonía con una modalidad cada vez más extendida en otros países.
Hasta ahora, a los comerciantes se les aplicaba las retenciones de IVA y Ganancias sobre el monto total de lo pagado con las tarjetas de crédito y débito, y el valor de la propina no se discriminaba.
Con la aplicación de esta medida, queda exenta de las retenciones de IVA y Ganancias por el cobro con un tope del 15 % del valor de la operación. En caso de querer apartar más dinero para el mozo, lo podrán hacer en efectivo.
Los proveedores de las terminales POS serán los encargados de informar al comerciante la codificación correspondiente para discriminar el cobro del consumo y de la propina.
En tanto, los clientes y consumidores informarán voluntariamente si desean incluir la propina en el pago con tarjeta, una vez que soliciten la factura.
En caso que un establecimiento solo acepte el efectivo como modalidad de pago, los consumidores pueden denunciar ante la AFIP, la Secretaría de Comercio Interior, la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor o recurrir a las asociaciones de Defensa al Consumidor.
Los reclamos se pueden hacer por teléfono. También, la AFIP tiene una aplicación que se llama Mi AFIP y permite denunciar irregularidades. Para esto hay que descargarla y entrar a la opción “Denunciá con Data fiscal”.