El fin de semana pasado, alrededor de 200.000 clientes sufrieron interrupciones de servicio en medio de la ola de calor. Quienes hayan sufrido algún corte de luz podrán presentar un reclamo y exigir una devolución de su factura ante el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE).
Según señala el órgano regulador, podrán realizar el reclamo aquellos usuarios que hayan sufrido un corte del suministro eléctrico prolongado durante 36 horas o más, o varios cortes reiterados en un mismo mes (cuatro o más).
En esos casos, la empresa –sea Edesur o Edenor– deberá efectuar un reintegro en la factura por la energía no suministrada. Además, el ENRE aclara que “siempre” debe reclamarse primero ante la distribuidora y conservar el número de cada reclamo.
“Si la prestadora incumple su obligación ante el reclamo, debés contactarte con el ENRE para denunciar esta situación y seguir con el trámite de reintegro”, indican desde el ente.
Cómo realizar el trámite para pedir el reintegro, paso a paso
Los pasos estipulados para tramitar el reclamo ante el ENRE son los siguientes:
- Completar el formulario, con la factura del servicio a mano y con el o los números de reclamo.
- En la opción “Seleccioná el tipo de reclamo a realizar”, indicar si es por Corte prolongado o Corte reiterado.
- El ENRE notificará el procedimiento que se aplicará.
- La distribuidora reintegrará el monto correspondiente (en kWh) en tu próxima factura. Si el reintegro excede el importe de la factura, la prestataria lo acreditará en la o las facturas siguientes.
¿Qué documentación se necesita para hacer el pedido?
La documentación requerida para el trámite es la siguiente:
- Número(s) de reclamo realizado ante la empresa.
- Nota firmada, indicando la/s fecha/s y hora/s de inicio y finalización del/ los corte/s.
- Facturas del servicio objetadas y anteriores.
- Si el servicio no está a nombre de quien reclama: una copia del título de propiedad o del contrato de alquiler, o bien de un servicio o del DNI donde conste el domicilio.
¿Debo pagar mi factura mientras dure el reclamo?
Si el reclamo se inició por un problema en la facturación o en la medición, se debe abonar una suma equivalente al último consumo facturado y no objetado, aclara el ENRE.
Si finalmente resulta correcto el monto de la factura por la que se reclamó, se cobrarán los intereses por mora sobre el saldo impago, es decir, sobre la diferencia entre lo que se pagó y lo que se debería haber pagado.
La distribuidora no podrá suspender el suministro por este motivo hasta 10 días hábiles administrativos posteriores a la fecha en que haya notificado la resolución adoptada sobre el reclamo. Si el reclamo se presentó también ante el ENRE, el suministro no se podrá suspender –por este motivo– hasta tanto el ente emita una resolución definitiva.