El presidente del Banco Central, Miguel Pesce, anunció que la AFIP impondrá un anticipo del 35% de impuesto a la Ganancias o a Bienes Personales para la compra del dólar ahorro y que los gastos con tarjeta en moneda extranjera se harán a cuenta del cupo de hasta US$ 200 mensuales.
Por medio de la Resolución General 4815/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, el organismo estableció los alcances y mecanismos en que se aplicará este nuevo recargo con el que se intenta desalentar la compra de dólares para atesoramiento por la fuga de divisas
“A partir del 1 de septiembre de 2020 los pagos realizados por los consumos en moneda extranjera con tarjetas de crédito o débito se tomarán a cuenta del cupo mensual. No habrá tope al consumo con tarjetas (débito y crédito) y cuando los gastos mensuales superen el cupo, absorben el de los meses subsiguientes” indicó el BCRA.
Esto afectará también a servicios que se paguen en dólares, por ejemplo los de “streaming”, como Netflix, Spotify, las herramientas de Apple, Google Play y los juegos de PlayStation y otros, aunque no servicios pesificados como Amazon Prime Video.
En estos casos el Impuesto PAIS que se aplica no es del 30% sino del 8%. Así, el “dólar Netflix” , con el recargo del 35% sobre el dólar oficial (a cuenta de Ganancias o Bienes Personales), sería de unos $ 113.
Esto quiere decir que los 3,64 dólares que sale la suscripción mensual básica de Netflix se descontarán de los 200 disponibles del próximo mes. Además, la medida también incluye en un 35% que se cobra en concepto de impuesto a las ganancias. Esto se suma al 8% que pagaba la plataforma, en reemplazo del 30% del Impuesto PAIS.
Estas retenciones aumentan aún más el precio del dólar y por lo tanto de la suscripción del servicio de streaming. Con las nuevas restricciones, el dólar tendrá un costo de $130. Tomando como referencia ese valor, que contempla el 30% del Impuesto PAIS y no el 8% de las plataformas de streaming, la cuota básica de Netflix podría subir a un valor cercano a los $475.
De todas maneras, hay que chequear el contrato de cada empresa para poder saber cuál será el alcance, ya que algunos servicios se abonan en moneda extranjera, pero otros tienen las cuotas pesificadas aunque el precio esté en dólares, es esos casos no se descontaría el impuesto y la retención.