La fiscalía de juicio de La Plata pidió la detención del propietario de un perro pitbull condenado a ocho años de prisión porque el animal mató a un nene de 2 años, en el 2014, en la localidad de Alejandro Korn.
Horacio González, de 49 años, fue condenado el lunes por el Tribunal Oral en lo Criminal IV de La Plata a 8 años de prisión por el delito de “homicidio simple con dolo eventual”, sentencia que aún no está firme, por lo que el hombre está en libertad. En las últimas horas, la fiscal de juicio platense Claudia Cendoya pidió la detención del hombre porque el monto de la pena impuesta así lo amerita.Y también la del perro.
La fiscal del juicio, Claudia Cendoya, había pedido que fuera condenado por “homicidio simple” ya que el 29 de mayo de 2014, “el acusado, dueño de al menos 9 perros de esa raza, dejó al animal atado a un auto abandonado sin bozal ni cartel de advertencia”. En ese momento, la víctima “se acercó al rodado y fue atacado por el animal con mordidas en el cuello y diversas partes del cuerpo que le provocaron la muerte”.
Dos de los jueces sostuvieron que González “introdujo un riesgo jurídicamente desaprobado, generador de una situación de singular peligro de lesión para los bienes jurídicos de terceros que se concretó en el mortal resultado sufrido por el pequeño”.
Para que una persona pueda ser castigada penalmente -dice la sentencia- por no evitar un resultado es necesario que el sujeto tenga, respecto de los bienes jurídicos, una posición de garante. Agregaron que la tenencia de un animal de una raza peligrosa “impone a su titular un deber de controlar esa fuente de peligro que opera en el propio ámbito de dominio”.
“González no sólo ha incumplido genéricamente con ese deber de control de una fuente de peligro, sino que configuró una específica situación de peligro (perro de una raza peligrosa atado con una soga larga en un lugar de acceso público en el que solían jugar niños y sin que se le colocara bozal)”, afirmaron en el fallo.
Los jueces le fijaron el mínimo de la pena prevista para un homicidio simple por considerar como atenuante la carencia de antecedentes penales de González y, como agravante, el hecho de que “resultara muerto un niño de tan solo 2 años, lo que comporta un mayor contenido objetivo de injusto”.
El Tribunal entendió que la muerte del niño a causa de las mordidas del perro “no fue la consecuencia de un descuido momentáneo” de González “sino el corolario de una situación de peligro consciente que venía desarrollando desde tiempo atrás al hecho”.