Este domingo se celebrarán las elecciones generales y la Constitución Nacional establece que el sufragio es obligatorio para las personas que tengan entre 18 y 70 años. Por lo tanto, no emitir el voto es considerado una falta electoral pasible de sanciones y multas.
Quienes no concurran a votar y no justifiquen su ausencia deberán pagar una multa de 100 pesos. En caso de no abonarla quedarán registrados como infractores, lo que implica que no podrán hacer trámites durante un año ni obtener el pasaporte. Tampoco podrán ser designados funcionarios públicos durante tres años.
La deuda puede saldarse personalmente, a través del Banco de la Nación Argentina, o por medios electrónicos como tarjeta de crédito, transferencia bancaria, pago en efectivo o cuenta virtual.
Cómo justificas que no votaste en las PASO
El elector que no haya votado y puede justificar su ausencia, tiene tiempo hasta 60 día después de las elecciones para concurrir a la Secretaría Electoral correspondiente a tu domicilio y llevar la documentación que justifica el motivo de tu falta.
Si se encuentra a más de 500 kilómetros de distancia de su lugar de votación: deberá presentarse el día de la elección a la autoridad policial más próxima, que extenderá una certificación escrita que acredite la comparecencia para ser presentada ante la Justicia Electoral.
También estás excepto de votar si estás enfermo o imposibilitado por razones de fuerza mayor. Esas causales deberán ser justificadas por médicos del servicio de sanidad nacional; por médicos oficiales, provinciales o municipales; o, en ausencia de estos, por médicos particulares.
Pueden no concurrir a votar los que se hayan desempeñado como autoridades de mesa, delegados de la Justicia Nacional Electoral, miembros de las fuerzas de seguridad afectados al Comando General Electoral y personal del Correo Oficial afectado al Servicio Electoral
La Cámara Nacional Electoral recomendó consultar los datos del lugar y la mesa de votación antes de concurrir a votar el domingo, en el marco de las elecciones nacionales que se desarrollarán en todo el país.
La consulta, que puede realizarse en www.padron,gob.ar, arroja el nombre del establecimiento, la dirección y el número de mesa donde debe votar el ciudadano.
Se precisó asimismo que el número de orden que aparece en la consulta al padrón designa en qué renglón de la nómina el electoral estará posicionado cuando concurra a votar.