La Justicia ordenó a tres empresas de colectivos del área metropolitana de Buenos Aires contratar mujeres hasta alcanzar el cupo del 30 por ciento de la planta, y reconoció que “hubo discriminación de género” contra contra aquellas que buscaron trabajo como choferes.
Se trata de las empresas Transporte Escalada SAT (que maneja las líneas 169 y 175), Transportes Avenida Bernardo Ader (línea 130) y la empresa Los Constituyentes S.A.T. (línea 78). La sentencia, dictada por la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, también instó a las “autoridades ejecutivas y legislativas” a establecer una “reglamentación específica para compensar las ilegítimas desigualdades” con el fin de revertir la discriminación por género en el acceso de las mujeres a los puestos de trabajo.
“Discriminación estructural en el acceso al empleo por motivos de género”, determinó la justicia.
“La obligación de respetar, proteger y garantizar el derecho a la igualdad y a la no discriminación recae sobre todos los poderes del Estado, pero también sobre los particulares”, escribió la jueza Graciela González, quien también consideró probada la exclusión de las mujeres como choferes de colectivo.
El caso Érica
Las empresas fueron demandadas por Érica Borda, madre de cuatro hijos y ex chofer de la línea 140 hasta 2010, cuando la echaron de la compañía que por entonces controlaba el Grupo Plaza.
“Cuando me quedé sin trabajo, fui a muchas empresas a buscar trabajo. Me manejé con conocidos, choferes, inspectores de varias líneas. Toqué puertas en empresas de Capital y de Provincia. Pero la respuesta siempre fue la misma: “Mujeres no tomamos. En el 99% de los lugares ni siquiera me aceptaban el curriculum”, explica Erica.
El Ministerio de Producción y Trabajo también fue demandado en su calidad de autoridad de aplicación, para que adopte las medidas necesarias para terminar con las “prácticas discriminatorias que afectan a las mujeres en el acceso al trabajo en el sector”. La jueza dispuso que el Ministerio de Trabajo tenga en cuenta la sentencia al momento de “renegociar” el convenio colectivo de trabajo, a fin de actualizar su contenido a las “pautas culturales actuales”.