El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) instruyó hoy a las dos mayores distribuidoras del país, Edenor y Edesur, a calcular y abonar un resarcimiento a los usuarios residenciales por cada interrupción del servicio durante 20 horas o más, sufridas en 2017.
La reparación incluye a los usuarios de tarifa T1R, tras haberse verificado más de 70.000 usuarios afectados en cada caso, lo que se configuró como “Afectación Extraordinaria de la Prestación del Servicio” en los términos de los contratos de concesión.
En el caso de Edesur se consideran las interrupciones de 2017 en los tramos comprendidos entre el 1 y el 6 de marzo, y entre el 14 y el 20 de julio.
En Edenor la medida incluye los cortes que se produjeron el año pasado en los períodos 8 a 12 de abril; 28 de mayo a 12 de junio y 17 a 22 de junio.
Para los cortes de 20 horas o más, el monto de resarcimiento base será de $ 630; para interrupciones de entre 24 y 48 horas el monto se elevará a $ 1.050, y por caídas del servicio durante más de 48 horas, el pago a los usuarios residenciales será de $ 1.470.
El monto total para cada usuario “resultará de la suma de los resarcimientos que le correspondan por cada interrupción que lo haya afectado y cuya duración resulte comprendida en alguno de los períodos mencionados”, según se precisa en las resoluciones 118 y 119 del ENRE que se publican hoy en el Boletín Oficial.
El monto del resarcimiento deberá ser acreditado en la cuenta de cada usuario dentro de los próximos 20 días hábiles administrativos, y se incluirá como crédito en la primera factura de servicio que la distribuidora emita.
“En caso de que dicho crédito superase el valor final correspondiente a la próxima factura, el saldo restante deberá necesariamente ser acreditado en las subsiguientes facturas hasta la concurrencia de los créditos y débitos a ser compensados”, determinó el ENRE.
El organismo aclaró que el resarcimiento dispuesto no exime a Edenor y Edesur de sufrir “las sanciones que eventualmente pudieran corresponder”, también por otros incumplimientos, “así como de los reclamos que los usuarios puedan realizar por los daños producidos a las instalaciones y/o artefactos de su propiedad”.