Las mujeres con causas penales en curso por abortos practicados dentro de las 14 semanas del proceso gestacional deberán ser sobreseídas automáticamente por la Justicia en cuanto entre en vigencia la ley 27.610 de interrupción voluntaria del embarazo (IVE), sancionada el pasado miércoles por el Senado.
“No es lo mismo que se archive la causa, hay que sobreseerlas”, enfatizó la abogada Soledad Deza, que representa mujeres que pasaron por esta situación, como es el caso de Belén, la joven tucumana que estuvo presa por un aborto espontáneo y de quien Deza logró la libertad y el sobreseimiento.
“Siempre que los abortos sean compatibles con lo que se estipula ahora en la ley (antes de la semana 14 e inclusive), juezas y jueces que intervienen en esas causas tienen que actuar de oficio, es decir, no lo tiene que pedir nadie, y deben aplicar la ley penal más benigna, que es la nueva ley donde ya no es delito cometer un aborto antes de la semana 14“, detallaron.
También indicaron que “se extingue la acción penal por inexistencia de delito, es decir, que ya no se puede perseguir a esas personas y se libera a las que estén privadas de la libertad”.
No hay datos oficiales sobre la cantidad de mujeres criminalizadas por aborto en nuestro país hasta el momento.
La sociedad civil Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que comenzó a hacer un relevamiento en 2019, la semana pasada detectó 1.532 mujeres que afrontan causas penales por aborto y 37 por eventos obstétricos criminalizados en 17 provincias argentinas.
La investigación se hizo en base a notas periodísticas y pedidos de acceso a la información a Ministerios Públicos Fiscales y Cortes de Justicia provinciales.
Incluyó datos de Santa Fe, Río Negro, Chaco, Chubut, Córdoba, Neuquén, Formosa, Catamarca, Corrientes, Tucumán, Mendoza, Salta, Buenos Aires, Jujuy, San Luis, La Pampa y la Justicia Nacional que tiene a cargo estas causas en el territorio de la Ciudad de Buenos Aires.