El Gobierno nacional habilitó el retorno de las actividades presenciales en universidades e institutos, cumpliendo un protocolo y lineamientos generales que garanticen las medidas de cuidado de los trabajadores y estudiantes ante la pandemia por coronavirus.
“Establécese que en el marco del protocolo marco y lineamientos generales para el retorno a las actividades académicas presenciales en las universidades e institutos universitarios, aprobado por la Resolución del Ministerio de Educación 1084 del 8 de agosto de 2020, este revisará y prestará conformidad a los planes jurisdiccionales para el retorno de las actividades“, indica el artículo 1 de la norma.
Asimismo establece que “con la conformidad del ministerio de Educación, la efectiva reanudación de las actividades académicas presenciales en Universidades e Institutos Universitarios será decidida por las autoridades provinciales y de la ciudad de Buenos Aires, quienes podrán suspender las actividades y reiniciarlas conforme la evolución de la situación epidemiológica”.
En lo que respecta al traslado del personal directivo, docentes, trabajadores no docentes y los estudiantes a los establecimientos educativos, quedan exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de transporte de pasajeros urbano, interurbano e interjurisdiccional.
Teniendo en cuenta el riesgo de transmisión de Covid-19 en el transporte público, se recomendó que “solo sea empleado cuando no se cuente con medios alternativos”.
Ahora bien, aquellas personas que deban atravesar distintos municipios para asistir a las clases, deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19. Se podrá realizar mediante la App Cuidar o a través de este link: www.argentina.gob.ar/circular (habrá un campo específico denominado “UNIVERSITARIO”).