El gobierno nacional restableció por decreto la paritaria nacional docente, y la semana próxima se reunirán los gremios docentes nacionales y representantes del Poder Ejecutivo para acordar una agenda común en el marco de la mesa salarial.
La convocatoria fue restablecida mediante decreto 92/20, publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y los ministros Nicolás Trotta (Educación) y Claudio Moroni (Trabajo); en tanto que el inmediato llamado a una reunión de los gremios docentes nacionales y representantes del Ejecutivo fue confirmado por el titular de la cartera educativa en un comunicado de prensa que difundió esta mañana.
La paritaria nacional docente estaba estipulada en la Ley N° 26.075 de Financiamiento Educativo, sancionada en diciembre de 2005, pero en 2019 quedó sin efecto en la práctica por un decreto del entonces presidente Mauricio Macri.
Ahora, a partir de la decisión de Fernández de restablecerla, “el Ministerio de Educación convocará anualmente durante noviembre a la Comisión Negociadora del Convenio Marco, pudiendo establecer en ese momento o posteriormente las negociaciones sectoriales o temáticas, en las que intervendrán las asociaciones docentes con personería gremial y los representantes de los empleadores que correspondan”, según se explica en uno de los artículos del decreto de hoy.
En tanto, en el comunicado de la cartera que conduce Trotta se añadió que el objetivo de que “las negociaciones anuales” sean convocadas cada noviembre es “generar consensos con anticipación al inicio de los ciclos lectivos”.
La paritaria nacional docente había sido derogada por Macri y su restitución había sido una promesa de campaña de Fernández ante los gremios.
El decreto establece que se disponga “de oficio o a requerimiento de parte la celebración de las audiencias que considere necesarias para lograr un acuerdo” y que se propongan “fórmulas conciliatorias cuando no pudiere avenir a las partes”.
Incluso, la normativa dispone también “intervenir de oficio si lo considera oportuno, o frente a requerimiento expreso de las partes en caso de suscitarse conflicto en el marco de las negociaciones, formalizando la instancia obligatoria de conciliación conforme a lo dispuesto por la Ley N° 14.786”.
Finalmente, establece “homologar el Convenio Marco dentro del plazo de 30 días corridos de la suscripción y disponer su registro y publicación dentro de los 10 días subsiguientes”.
Con este decreto, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social recupera la jerarquía perdida y desempeñará un rol clave siendo la autoridad de aplicación del mismo al ser la autoridad de aplicación de la norma.