El juez en lo Contencioso Administrativo Nro. 1 de La Plata, Luis Federico Arias, afirmó que con la sentencia definitiva en la causa de las tarifas eléctricas en la provincia de Buenos Aires, “no solamente no se pueden cobrar aumentos de acá en adelante, sino que las distribuidoras deben devolver todo lo que se haya facturado de más”.
En conferencia de prensa junto con asociaciones de consumidores y cooperativas, el juez dio detalles del fallo para evitar “confusión pública”, remarcó que al declarase la nulidad de esa resolución, “carece de sustento jurídico todo aumento que pretendan cobrar las empresas distribuidoras de la provincia, sean empresas o sean cooperativas”.
“Tenemos vigente aún el fallo de la Cámara Federal que ha anulado las resoluciones 28 y 31 que dieron lugar al aumento del gas por lo que en la Provincia, tanto en la tarifa de gas como en la tarifa de energía eléctrica, no puede ser aplicado el aumento”, señaló. Por lo que, en la provincia de Buenos Aires hoy por hoy, salvo la tarifa del agua, “no se pueden aplicar los aumentos ni de gas ni de luz en todas las aéreas”, resumió.
En ese sentido, explicó que en los distritos bonaerenses las subas no pueden aplicarse, “o bien porque el aumento está suspendido como en el caso de Edenor y Edesur a través de una medida cautelar en la Cámara Federal, o bien a través del fallo que anuló estas resoluciones”.
Resumió que “la tarifa del gas está anulada por la Cámara Federal para la provincia y para el país”, mientras que en el área de energía eléctrica, en lo que respecta a empresas como Edenor y Edesur, “el aumento está suspendido”; y con el fallo dictado ayer, “también está anulada la tarifa eléctrica en toda la provincia de Buenos Aires”.
“Lo inexplicable es que frente a este escenario judicial se sigan dictando medidas de aumento sin cumplir con las órdenes judiciales que determinan la necesidad de hacer una audiencia pública previa. Estamos no sólo frente a un desconocimiento del Poder Judicial, sino también ante un incumplimiento de órdenes judiciales concretas”, enfatizó.
“Estamos obligando a la provincia de Buenos Aires a hacer una audiencia pública.”
Al ser consultado sobre posibles escenarios y reacciones de este fallo, de cara a la próxima feria judicial y ante una eventual intervención de la Corte Suprema, el juez señaló: “La Corte puede intervenir vía per saltum, o por recurso extraordinario como el que ha planteado en la causa que lleva la Cámara Federal de La Plata en la causa del gas, pero igualmente hasta el momento, la Corte no se ha expedido (en ese caso), sino que pidió informes”.
Señaló, no obstante, que en caso de una apelación en lo que atañe a la Provincia “ya hay jurisprudencia en la Suprema Corte en el sentido de que hay que hacer una audiencia pública antes de un aumento” como el tarifazo.